Viernes, 12 de Abril de 2013
08:24
OG
La Junta de Andalucía se ha
fijado en las normas de naciones más cercanas, como Francia, para elaborar el
decreto ley contra las viviendas desocupadas, en la que es quizá una de las
legislaciones menos exigentes de la UE, porque lo cierto es que si se acude a
estados como Holanda, a los países nórdicos o a Alemania, las leyes son todavía
más tajantes contra este fenómeno. Como norma general, en la mayoría de los
países de la UE se aplican dos vías para luchar contra lo que considera una
patología urbana: fomento de su rehabilitación, alquiler o venta (subvenciones
para obras, seguros, avales, arrendamientos garantizados…), por un lado, y
penalizaciones ante la permanencia voluntaria en desuso, por otro.
Pero hasta ahora los pasos en
este sentido en España han sido tímidos, pese a que bata el récord de Europa en
viviendas vacías, desahucios y absoluto dominio de la propiedad frente al
alquiler.
Lo intentaron en el País Vasco,
con un normativa que incluía la expropiación de las viviendas vacías
(comenzando por las protegidas) y un canon contra las mismas, y que finalmente
fue tumbada por el rechazo de PNV, PSE y PP. Luego, en Cataluña con la Ley
18/2007, que preveía un sistema de alquiler forzoso para viviendas vacías a las
que durante varios años se les hubieran ofrecido ayudas para su rehabilitación
y garantías para el arrendatario siendo rechazadas y estando en un área de
acreditada demanda: también fue derogada. Por eso, ahora Andalucía se pone a la
vanguardia con su decreto ley de medidas para Asegurar el Cumplimiento de la
Función Social de la Vivienda.
Javier Burón Cuadrado, que era
viceconsejero de Vivienda en el País Vasco cuando se adoptaron medidas de este
tipo, aplaude la iniciativa en Andalucía, pero no oculta sus recelos, por el
hecho de que no haya contemplado a los particulares -solo a la banca y a
promotores- y porque duda de su efectividad. "Nosotros primero
desarrollamos un programa para fomentar la vivienda en alquiler social, lo que
es la zanahoria, y después se puso en marcha un régimen de penalización, el
palo". En este sentido, en Eukadi se llegaron a reunir más de 5.000
viviendas disponibles para alquiler social gracias a una legislación que
estimulaba los alquileres, entre otras cosas, porque los propietarios tenían
garantizados cinco años si aceptaban bajar los precios un 20% del coste del
mercado. "Si sólo se contemplan sanciones, y en casos extremos la
expropiación, el palo, y no hay un programa que reconcilie al mercado con la
Administración, es decir la zanahoria, no tiene sentido. No se trata de
recaudar con sanciones sobre las viviendas vacías, sino de conseguir que estas
salgan para un alquiler al alcance de todos", argumenta.
No duda, eso sí, de su
constitucionalidad y resalta que "todos los estados medianamente
desarrollados en Europa tienen medidas contra las viviendas vacías, y España es
la excepción, porque no considera que sea un problema, y entiende que la
propiedad privada sacrosanta faculta a los titulares para hacer con ella lo que
les venga en gana". En este sentido, el también gerente de Urbania ZH
Gestión deja claro que "en Europa nadie se escandaliza por un decreto ley
de este tipo”, más bien por el hecho de que en España no exista nada parecido.
"Sólo se trata de desarrollar leyes que recojan lo que ya contemplan la Constitución
Española: toda propiedad está orientada a su función social; toda la riqueza
nacional, con independencia de su clase, debe mirar hacia el interés general y
el sector público está habilitado para intervenir en la economía".
Sobre el hecho de que en
Andalucía no se haya entrado en el debate del parque de vivienda pública que
está vacío, es tajante: "No tiene sentido que la Administración se
sancione a sí misma. Si acaso habrá que fomentar que en lugar de empeñarse en
la venta de viviendas protegidas, se opte por sacarlas en alquiler, sobre todo,
en unos momentos en que pocos tienen acceso al crédito".
El catedrático de Geografía de la
Universidad Autónoma de Madrid Julio Vinueza Angulo, director entre otros del
estudio El fenómeno de las viviendas desocupadas, prefiere no echar las
campanas al vuelo: "Los poderes públicos deberían haberse ocupado mucho
antes de actuar conforme al principio de la función social de la propiedad.
Pero antes que con los propietarios de viviendas vacías, aunque sean bancos,
con medidas que impidieran la clasificación y transformación de suelos para
construir cientos de miles de viviendas innecesarias, pero que 'contribuían a
dinamizar la economía y a alimentar las finanzas locales' aplicando el 'todo
urbanizable' y el 'cuanto más, mejor', generadores de grande plusvalías. Sin
que se haya prestado la más mínima atención a quienes reclamaban la función
social de la ciudad y del territorio como forma de defender los intereses
generales".
Del mismo modo, subraya:
"Las proporciones de vivienda vacía en otros países europeos están en
torno al 5%, que podría aceptarse como un 'stock técnico en rotación' para un
ágil funcionamiento del mercado; mientras que en España triplicamos fácilmente
esta proporción, pero no sabemos cuántas hay, cómo son, dónde están y por qué
están así".
Por su parte, el director general
de Vivienda de la Junta de Andalucía, Antonio Ibáñez, no descarta que el
Gobierno de la Nación pueda recurrir esta medida: "Ya lo hizo con la
subasta de medicamentos, pero confiamos en que no lo haga porque además está
muy bien amarrada la legalidad del decreto ley. De hecho, no se ha ido más
allá, que se podría haber hecho, en un ejercicio de seguridad jurídica. No ha
primado la osadía, sino que todo está perfectamente encajado”.
En la misma línea, recalca que
está muy medido el margen de las competencias, para que ningún hipotético
recurso vaya en ese sentido. "No hemos intervenido en materia de ejecución
hipotecaria ni en tema de desahucios, con competencia estatal, sino en el
urbanismo, porque sólo a través de la expropiación se pueden ejercer
competencias de las comunidades autónomas”, alega.
Con el actual marco europeo como
referencia, asevera: "Por mucho que digan que Andalucía se está
convirtiendo en la Venezuela de España, los países más desarrollados de la UE
aplican medidas de este tipo desde hace años " . Y tiene razón a juzgar
por este rápido repaso (con datos obtenidos del estudio mencionado y de la
Administración):
HOLANDA
Es quizá el país más beligerante
contra este problema, donde es legal incluso la ocupación de viviendas que
hayan estado vacías más de un año. La vivienda sólo se le devuelve al
propietario si demuestra que no volverá a estar vacía (puede ponerla en venta o
alquiler). Las ayudas para que las familias puedan hacer frente al pago de los
alquileres, se acompañan de otras para que los propietarios puedan
rehabilitarlas.
ALEMANIA
Los propietarios pueden ser
obligados a la rehabilitación y, frente al incumplimiento, se contemplan
multas, expropiación temporal y alquiler forzoso. Incluso expropiación
definitiva. En municipios con más del 10% de viviendas vacías, la
Administración procede a demoliciones.
SUECIA
Los consistorios ofertan
viviendas en alquiler más baratas para combatir las desocupadas. En casos
extremos, se pueden demoler edificios enteros de viviendas vacías.
DINAMARCA
Este país se centra en las
sanciones pero, eso sí, con un margen de tiempo mínimo. Basta con que los
propietarios de viviendas las mantengan desocupadas seis semanas, en virtud de
una legislación en vigor desde hace más de cinco décadas. La multa se puede
imponer simplemente por no informar al Consistorio de que la vivienda lleva más
de seis semanas vacía.
FRANCIA
Su Ley de Solidaridad y
Renovación Urbana (SRU) impone, desde hace un lustro, tasas a los propietarios
de viviendas -sólo personas jurídicas- que se encuentren desocupadas durante
más de dos meses en aglomeraciones con unas ciertas características. Las tasas
son progresivas según el periodo de desocupación. También está previsto que las
viviendas vacías durante más de 18 meses puedan ser requisadas durante un
periodo máximo de seis años, extensible a 12 si es necesario realizar obras de
rehabilitación.
REINO UNIDO
Contempla la incautación, tanto
para personas jurídicas como físicas, si han estado vacías al menos seis meses,
mediante leyes que, según cada país integrante, han sido aprobadas entre 2001 y
2004. Igualmente, los Gobiernos locales están obligados a publicar anualmente
un informe sobre su parque de viviendas vacías y medidas para contrarrestarlo
(en lo que se conoce como Best Value Perfomance Indicator). Desde 2007, además,
hay medidas fiscales contra el fenómeno. Existe incluso una Empty Homes Agency
(agencia estatal de la vivienda vacía) que lucha contra esta situación. Se
contemplan subvenciones para la rehabilitación de viviendas vacías y su salida
al mercado o adquisición pública para alquileres sociales.
ITALIA
Prevé la penalización fiscal que
imponen los Consistorios a las viviendas vacías y por un importe del 9 por mil
del valor catastral.
EXTREMADURA PROGRESISTA